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Pensiones de Cesantía o Vejez

Requisitos para demanda de pensión. (Si fue negada, cancelada, para ajuste o cambio de régimen)


PENSIONES DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA O VEJEZ. Se tiene derecho a ellas cuando las personas han cotizado al IMSS por más de 10 años (500 cotizaciones) y tienen 60 o 65 años o más. Normalmente el IMSS las niega porque no reconoce conservación de derechos, semanas cotizadas, o no reconoce el último año cotizado o por alguna otra razón.


REQUISITOS
  • Lista de empresas en que ha trabajado con domicilio. (Aunque ya no estén actualmente en ese domicilio), las fechas en que trabajo y sus puestos. (Si no están todos no hay problema).
  • Todos los documentos del IMSS que tenga. (Credenciales, carnets, altas, bajas, modificaciones de salario, hojas rosas, etc.)
  • Acta de Nacimiento del asegurado en copia certificada.
  • Acta de Matrimonio del Asegurado en copia certificada.
  • Acta de Nacimiento de los hijos en copia certificada si son menores de 16 años o si están entre 16 y 25 años de edad se requieren actas y la constancia de estudios correspondiente.
  • Firmar carta poder y hoja de datos en despacho.
  • Podemos iniciar con copias simples de los documentos pero a más tardar 5 días antes de la primera audiencia debe de llevar al despacho los documentos originales.
DURACIÓN

El tiempo aproximado que dura el juicio es de 24 a 30 meses una vez presentada la demanda.

GASTOS Y HONORARIOS

El costo de los gastos para este juicio $6,000.00 que se cubren en pagos de $500.00 mensuales que deben de hacerse los primeros 5 días de cada mes.

El pago de los honorarios se realizará al final cuando se cobra ante la Junta el cheque que entrega el IMSS. El porcentaje a pagar es el 50% sobre lo que se obtenga o el que se determine en la hoja de datos, si no quiere cubrir los gastos el monto de los honorarios es del 60%.

NOTA: LOS ASUNTOS CONTRA EL SEGURO SOCIAL REQUIEREN PACIENCIA, SON TARDADOS DEBIDO A LA CARGA DE TRABAJO DE LAS INSTITUCIONES, LO MÁS IMPORTANTE ES QUE SE RESUELVAN BIEN.
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