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Pensiones de Viudez y Orfandad

Requisitos para demanda de pensión. (Si fue negada, cancelada, para ajuste o cambio de régimen)


PENSIONES DE VIUDEZ. Cuando muere el asegurado o pensionado hombre o mujer, tienen derecho a la pensión de viudez la esposa o concubina o el esposo o concubino. Normalmente las niega el IMSS porque no reconoce la conservación de derechos del asegurado fallecido, no reconoce semanas, dice que hay otra persona registrada, y en relación a los esposos o concubinos porque dice que no dependían económicamente de la asegurada o porque no están inválidos o no reconoce el concubinato.

PENSIONES DE ORFANDAD. Tienen derecho los hijos menores de 16 años y los de 16 a 25 años que estén estudiando o aquellos que tengan algún tipo de invalidez o discapacidad.

PENSIONES DE ASCENDIENTES. Se reclama pensión para los padres de asegurados o pensionados cuando no tienen esposa o hijos.

REQUISITOS
  • Si la persona fallecida era pensionado (a), necesitamos la Resolución de Pensión del IMSS y si no tiene, el último recibo de pago de la pensión o estado de cuenta del banco en donde depositaban la pensión que recibía para verificar de cuanto fue su último pago de pensión.
  • Lista de empresas en las que trabajó con domicilio. (Aunque ya no estén actualmente en ese domicilio o ya no exista).
  • Datos precisos del nombre y domicilio de la última empresa donde laboró.
  • Todos los documentos del IMSS que tenga. (Credenciales, carnets, altas, bajas, modificaciones de salario, hojas rosas etc.)
  • Acta de Matrimonio en copia certificada y cualquier otro documento para acreditar concubinato si no está casado (a). (Credencial del IFE, recibo telefónico, recibo de luz etc.)
  • Tratándose de concubinos una constancia de soltería o de no matrimonio para cada uno de ellos, las expide el Registro Civil del lugar de su domicilio.
  • Acta de Nacimiento de los hijos en copia certificada si son menores de 16 años, o si están entre 16 y 25 años de edad y también la constancia de estudios correspondientes.
  • Para el caso de hombres que reclamen viudez por fallecimiento de su esposa y concubinas nombre y domicilio de 3 testigos para acreditar dependencia económica, y en forma adicional para hombres $3,000.00 si se reclama pensión por Ley 73 que también se dividen en doce pagos mensuales.
  • Firmar carta poder y hoja de datos en despacho.
  • Podemos iniciar con copias simples de los documentos pero a más tardar 5 días antes de la primera audiencia debe de llevar al despacho los documentos originales.
DURACIÓN

El tiempo aproximado que dura el juicio es de 24 a 30 meses una vez presentada la demanda.

GASTOS Y HONORARIOS

El costo de los gastos para este juicio $6,000.00 que se cubren en pagos de $500.00 mensuales que deben de hacerse los primeros 5 días de cada mes.

El pago de los honorarios se realizará al final cuando se cobre ante la Junta el cheque que entrega al IMSS. El porcentaje a pagar es el 50% sobre lo recuperado, o el que se determine en la hoja de datos. Si no pueden cubrir los gastos el costo de los honorarios es del 60%

NOTA: LOS ASUNTOS CONTRA EL SEGURO SOCIAL REQUIEREN PACIENCIA, SON TARDADOS DEBIDO A LA CARGA DE TRABAJO DE LAS INSTITUCIONES, LO MÁS IMPORTANTE ES QUE SE RESUELVAN BIEN.

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